Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 13 ene 2021
1. Todas las personas titulares del derecho de posesión de los locales incluidos dentro del ámbito del área de promoción económica urbana participan de los derechos y obligaciones establecidos en el Convenio en proporción a la superficie construida catastral de cada establecimiento y local incluido en el área, de acuerdo con la siguiente tabla, que determina el número de votos y las cuotas que corresponden a cada uno: Tipología Superficie construida catastral Votos Coeficiente/obligaciones de pago (X = cuota mínima a pagar, que se determina en función del proyecto de la APEU) I s ≤ 300 m 2. 1 x II 300 m 2 < s ≤ 800 m 2 . 1,5 1,5x III 800 m 2 < s ≤ 1.300 m 2 . 2 2x IV 1.300m 2 < s ≤ 2.500 m 2 . 3 3x V 2.500 m 2 < s ≤ 10.000 m 2 . 4 4x VI s > 10.000 m2 (establecimiento colectivo de 50 establecimientos individuales o más). 5 5x 2. En los casos de suelo sin edificación, se entiende por superficie construida catastral la superficie catastral de la parcela.
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eli/es-ct/l/2020/12/22/15#art-7

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