Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 1 ago 2017
La Fundación Centro de Seguridad de la Información de Cataluña (Cesicat) debe iniciar el procedimiento de disolución en el momento de la constitución de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña, y esta debe aceptar los bienes, derechos y obligaciones que le ceda la Fundación.
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