Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final

En vigor desde 4 ene 2011
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2010/12/09/15#disposicion-final

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil