Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 15

En vigor desde 4 ene 2011
A los efectos de la participación, conocimiento, implicación y corresponsabilidad se desarrollarán las siguientes medidas: 1. Promoción de los objetivos y filosofía del desarrollo en la actividad económica y en la responsabilidad social de las empresas. a) Fomentar la investigación sobre la responsabilidad social empresarial y el desarrollo sostenible. b) Promover una visión de la actividad económica y de la gestión de las organizaciones orientada por los principios del desarrollo sostenible y de la responsabilidad social. c) Incluir el estudio de los principios de responsabilidad social y el desarrollo sostenible en la educación. d) Promover en las enseñanzas universitarias, especialmente en las materias relacionadas con el estudio de las organizaciones, la economía, la comunicación y la administración y gestión de empresas, la incorporación de la formación en materia de responsabilidad social empresarial. 2. Promoción de las capacidades y competencias de los interlocutores sociales para el desarrollo de la responsabilidad social empresarial. a) Apoyar el desarrollo de las capacidades de gestión de las políticas de responsabilidad social empresarial por parte de las empresas, los sindicatos y la sociedad civil. b) Fomentar la educación y formación en materia de responsabilidad social empresarial de los cuadros directivos de las empresas, los representantes de los trabajadores y los responsables de las distintas organizaciones sociales y de las Administraciones públicas. c) Favorecer el conocimiento y el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de responsabilidad social empresarial entre las empresas.
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eli/es-ex/l/2010/12/09/15#art-15

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