Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 14

En vigor desde 4 ene 2011
A los efectos de la información y responsabilización de los actores de la responsabilidad social de las empresas, se desarrollarán las siguientes medidas: 1. Campañas informativas dirigidas a: a) Mejorar la comprensión del concepto de responsabilidad social empresarial, organizando actividades informativas y de sensibilización de los ciudadanos, las empresas y el conjunto de los actores sociales. b) Crear un portal en Internet, accesible para personas con discapacidad, que facilite la difusión de la información significativa sobre la responsabilidad social empresarial, el conocimiento de las iniciativas y experiencias más relevantes, tanto de carácter nacional, como procedentes de la Unión Europea y países terceros, así como conexiones con otros portales similares. c) Apoyar las iniciativas de los distintos actores sociales e institucionales que favorezcan el mejor conocimiento de la responsabilidad social empresarial. 2. Por un consumo responsable: a) Fomentar la integración de los principios de responsabilidad social en las políticas de consumo. b) Promover la información dirigida a los consumidores sobre el consumo cívico o responsable. c) Apoyar las iniciativas de fomento de la responsabilidad social empresarial realizadas por las organizaciones e instituciones de defensa de los derechos de los consumidores. d) Fomentar la utilización del etiquetado, tanto de comercio justo como ecoetiquetas u otro etiquetado, como herramienta distintiva de cumplimiento de criterios sociales y medioambientales, promoviendo la producción cívica o responsable.
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eli/es-ex/l/2010/12/09/15#art-14

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