Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 7 jul 2010
Esta Ley será de aplicación a todos los contratos celebrados con posterioridad a su entrada en vigor.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2010/07/05/15#disposicion-transitoria-primera