Título TÍTULO V

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 jul 2011
La presente ley entra en vigor el 1 de julio de 2011.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2010/12/22/15#disposicion-final-segunda

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil