Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 34

En vigor desde 11 mar 2009
En el ejercicio de las competencias reconocidas en el Estatut d’Autonomia, la Generalitat cuidará que en la formación profesional y el acceso al empleo de las personas inmigrantes se cumplan, entre otros de igual naturaleza, los siguientes objetivos: a) Facilitar el acceso de las personas inmigrantes a servicios de información, orientación y asesoramiento respecto al empleo. b) Facilitar el acceso a programas de formación y de reciclaje o adaptación de sus conocimientos a la realidad del mercado laboral interno de la Comunitat Valenciana. c) Fomentar la actuación coordinada de las distintas instituciones y organizaciones públicas y privadas que intervienen en materia de empleo y formación para facilitar la incorporación al mercado de trabajo de las personas inmigrantes así como la reorientación laboral. d) Desarrollar campañas de sensibilización destinadas al ámbito empresarial sobre el fenómeno de los flujos migratorios y la gestión de la diversidad cultural en las empresas. e) Fomentar el autoempleo como alternativa al trabajo por cuenta ajena.
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eli/es-vc/l/2008/12/05/15#art-34

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