Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 1 may 2020
El personal de la Corporación Catalana de Radio y Televisión y de sus empresas filiales vinculado directamente a la gestión técnica y a la administración de la infraestructura de la red de telecomunicaciones pasa a depender del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña en las condiciones que determine el Estatuto de este centro. En cualquier caso, se respetarán las relaciones de trabajo actualmente existentes.
Se modifica por el art. 128.1.a) de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1993/12/28/15#disposicion-transitoria-primera