Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 115

En vigor desde 29 mar 2023
1. El Programa Integrado y Personal de Inclusión es un servicio de inclusión participado en el que las partes suscribientes asumen compromisos en orden a prevenir el riesgo de exclusión o, en su caso, revertir la situación de exclusión y procurar la plena inclusión laboral y social de las personas destinatarias. 2. El Programa Integrado y Personal de Inclusión tendrá una vigencia de dos años y será objeto de seguimiento a fin de introducir las modificaciones que resulten precisas para la consecución del objetivo de inclusión de las personas destinatarias. 3. El Programa Integrado y Personal de Inclusión podrá prorrogarse por periodos de vigencia de idéntica duración.
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eli/es-pv/l/2022/12/22/14#art-115

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