Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
En vigor desde 29 mar 2023
1. La renta de garantía de ingresos se configura como derecho subjetivo de todas aquellas personas que cumplan los requisitos de acceso a la prestación previstos en esta ley. Carece de naturaleza subvencional.
2. El ingreso mínimo vital se configura como derecho subjetivo en los términos previstos en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital o en la norma que la sustituya.
3. Las ayudas de emergencia social tienen naturaleza subvencional y, por ello, no se configuran como derechos subjetivos de las personas beneficiarias.
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Proeli/es-pv/l/2022/12/22/14#art-10