Título TÍTULO IV
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 8 jun 2018
En caso de concurrencia de solicitudes de varias comisiones promotoras sobre una misma área industrial, el ayuntamiento priorizará en la tramitación la solicitud presentada por la entidad gestora ya existente y asimilada a comisión promotora conforme la disposición anterior.
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Proeli/es-vc/l/2018/06/05/14#disposicion-adicional-segunda