Art. 20

En vigor desde 10 nov 2016
Por la Comisión de las infracciones tipificadas en la presente ley se impondrán las siguientes sanciones: a) Multa de hasta 18.000 euros para las infracciones leves. b) Multa de 18.001 a 100.000 euros para las infracciones graves. c) Multa de 100.001 a 250.000 euros para las infracciones muy graves.
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eli/es-mc/l/2016/11/07/14#art-20

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