Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 4 may 2015
Serán de aplicación las disposiciones reglamentarias vigentes en materia de servicios sociales en todo lo que no contradigan lo establecido en la presente Ley hasta que se aprueben los reglamentos de desarrollo necesarios.
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Proeli/es-ex/l/2015/04/09/14#disposicion-transitoria-tercera