Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 4 may 2015
Los actuales órganos de participación de carácter sectorial en el ámbito de los servicios sociales subsistirán y continuarán ejerciendo las funciones que tengan normativamente atribuidas en tanto no se apruebe el reglamento que establezca la organización del Consejo Asesor de Servicios Sociales de Extremadura.
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Proeli/es-ex/l/2015/04/09/14#disposicion-transitoria-cuarta