Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 29
En vigor desde 30 jun 2011
El Sistema Público de Servicios Sociales se estructura territorialmente en zonas y áreas de servicios sociales y otros ámbitos territoriales para el desarrollo de determinadas prestaciones de atención especializada. Dichas estructuras constituyen el referente tanto para la atención primaria como la especializada.
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Proeli/es-cm/l/2010/12/16/14#art-29