Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 18 jun 2002
Los Delineantes residentes en la provincia de Huesca pertenecientes al Colegio Profesional de Delineantes de Zaragoza designarán una Comisión Gestora, integrada por cinco miembros que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la presente Ley, que actuará como órgano de gobierno provisional del Colegio con arreglo a los términos establecidos en la normativa transitoria de esta Ley.
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