Art. Disposición final primera
En vigor desde 18 jun 2002
Se faculta al Gobierno de Aragón para aprobar las normas reglamentarias de desarrollo de la presente Ley, quien pondrá todos los medios necesarios para que el Censo de Delineantes de Huesca que se cree goce de la máxima fiabilidad.
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Proeli/es-ar/l/2002/06/10/14#disposicion-final-primera