Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 1 ene 1998
Se declara la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados de expropiación forzosa como consecuencia de la ejecución de las obras comprendidas en el II Plan de Carreteras de la Comunidad Valenciana, 1995-2002, en el Plan Director de Saneamiento y Depuración de la Comunidad Valenciana, así como las obras comprendidas en los Proyectos de Abastecimientos supramunicipales en las comarcas de La Plana de Castellón, Ribera Alta y Baja del Júcar y Camp de Morvedre, a realizar por la Generalidad, por entidades habilitadas como beneficiarias de expropiaciones y por las entidades locales.
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eli/es-vc/l/1997/12/26/14#disposicion-adicional-septima

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