Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 21 ago 1990
Las Administraciones Públicas de Canarias se regirán por la Constitución, Estatuto de Autonomía, la legislación básica del Estado, la presente Ley y por las normas dictadas en desarrollo de éstas, respondiendo su organización, funcionamiento y régimen competencial a los principios de eficacia, economía, descentralización y máxima proximidad a los ciudadanos.
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eli/es-cn/l/1990/07/26/14#art-2

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