Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 20 ene 2026
Los departamentos del Gobierno deben tener un plan de formación interna destinado al personal que se encarga de desarrollar la presente ley en los ámbitos sectoriales correspondientes.
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eli/es-ct/l/2025/12/29/13#disposicion-adicional-segunda

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