Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 13

En vigor desde 18 abr 2023
El Gobierno de Aragón, en el ámbito de sus competencias, dentro del marco de la legislación aplicable en materia de seguridad ciudadana y en coordinación con la Delegación del Gobierno de España en Aragón, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las policías locales, promoverá la aplicación de todos los recursos humanos y materiales que garanticen los derechos, libertades y seguridad ciudadana en todos los municipios y asentamientos habitados de Aragón y, particularmente, en el ámbito referente a la lucha, prevención y sensibilización contra la violencia machista.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2023/03/30/13#art-13

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil