Art. 13
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 13

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En vigor desde 18 abr 2023
El Gobierno de Aragón, en el ámbito de sus competencias, dentro del marco de la legislación aplicable en materia de seguridad ciudadana y en coordinación con la Delegación del Gobierno de España en Aragón, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las policías locales, promoverá la aplicación de todos los recursos humanos y materiales que garanticen los derechos, libertades y seguridad ciudadana en todos los municipios y asentamientos habitados de Aragón y, particularmente, en el ámbito referente a la lucha, prevención y sensibilización contra la violencia machista.
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