Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 23 dic 2022
Para la autorización de las oficinas de farmacia establecidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley que pretendan su adecuación a los setenta y cinco metros cuadrados de superficie útil, si ello afecta a la longitud de fachada, no se tendrá en cuenta la distancia mínima de 250 metros entre farmacias.
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eli/es-md/l/2022/12/21/13#disposicion-adicional-tercera

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