Capítulo CAPÍTULO XXXVI
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 1 ene 2018
Con efectos de 1 de enero de 2018, las agencias de mediación para la integración y convivencia social (AMICS) creadas por Ley 15/2008, de 5 de diciembre de la Generalitat, de integración de las personas inmigrantes de la Comunitat Valenciana, y desarrolladas por Decreto 93/2009, de 10 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 15/2008, de 5 de diciembre de la Generalitat, de integración de las personas inmigrantes de la Comunitat Valenciana, modificada su denominación mediante la disposición adicional primera de la Ley 13/2016 de 29 de diciembre de 2016 de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat para el ejercicio 2017 por la de oficinas de atención a personas migradas (OAPMI), pasarán a denominarse oficinas de atención a personas migradas (PANGEA).
Se modifica por el de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1871
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Proeli/es-vc/l/2016/12/29/13#disposicion-adicional-primera