Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
En vigor desde 17 jul 2015
1. La Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña es el órgano unipersonal de representación ordinaria que dirige y gestiona el Servicio Público de Empleo de Cataluña.
2. El nombramiento y cese del director del Servicio Público de Empleo de Cataluña son acordados por el Gobierno, a propuesta del consejero del departamento competente en materia de empleo.
3. El director del Servicio Público de Empleo de Cataluña tiene la consideración de alto cargo; debe cumplir con dedicación exclusiva sus funciones, y está sujeto al régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad.
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Proeli/es-ct/l/2015/07/09/13#art-26