Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
26 / 57En vigor desde 17 jul 2015
1. La Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña es el órgano unipersonal de representación ordinaria que dirige y gestiona el Servicio Público de Empleo de Cataluña.
2. El nombramiento y cese del director del Servicio Público de Empleo de Cataluña son acordados por el Gobierno, a propuesta del consejero del departamento competente en materia de empleo.
3. El director del Servicio Público de Empleo de Cataluña tiene la consideración de alto cargo; debe cumplir con dedicación exclusiva sus funciones, y está sujeto al régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad.
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Proeli/es-ct/l/2015/07/09/13#art-26