Título TÍTULO X

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 10 abr 2016
En tanto que la legislación básica estatal en materia de función pública docente no universitaria no determine otra cosa, el personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura será declarado en la situación de servicios especiales cuando sea nombrado para desempeñar puestos en las Áreas Funcionales de la Alta Inspección de Educación.
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eli/es-ex/l/2015/04/08/13#disposicion-transitoria-quinta

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