Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 3.ª Estudio de Impacto Territorial

Art. 44

En vigor desde 6 may 2015
El Estudio de Impacto Territorial contendrá, en función de su objeto y con el alcance necesario, los siguientes extremos: a) Análisis del medio físico y natural, socioeconómico, patrimonio histórico, sistema urbano y de infraestructuras y dotaciones, e identificación y diagnóstico de las acciones más conflictivas con dichos elementos del territorio. b) Impacto sobre el medio físico, el patrimonio histórico y el paisaje, y el conjunto de bienes o servicios susceptibles de satisfacer las necesidades de la población organizada en núcleos, ya sea urbanos o en medio rural. c) Análisis de sus repercusiones en relación con los instrumentos de ordenación del territorio o, en su defecto, con la información y criterios del Sistema Territorial de Referencia. d) Criterios y objetivos para la correcta implantación territorial.
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eli/es-mc/l/2015/03/30/13#art-44

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