Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 14
En vigor desde 18 ene 2011
El régimen jurídico de las adquisiciones de toda clase de productos efectuadas por las personas comerciantes se sujetará a lo dispuesto en la legislación civil y mercantil con las especialidades contenidas en el artículo siguiente.
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Proeli/es-ga/l/2010/12/17/13#art-14