Título TÍTULO IV

Art. 59

En vigor desde 19 dic 2007
Las Administraciones públicas de Andalucía establecerán redes de intercambio y colaboración, con el objetivo de contribuir a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, y facilitar de este modo a quienes la padecen el acceso a las ayudas y recursos.
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eli/es-an/l/2007/11/26/13#art-59

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