Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 15
En vigor desde 19 dic 2007
1. Los servicios de la inspección educativa velarán por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en este capítulo destinados a prevenir la violencia de género contribuyendo a su erradicación y, en su caso, a la denuncia pertinente.
2. Los servicios de inspección velarán porque el profesorado que ha de impartir estos principios y valores no se encuentre condenado o incurso en causas relativas a la violencia de género.
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Proeli/es-an/l/2007/11/26/13#art-15