Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 ene 1994
Se faculta al Govern de la Comunidad Autónoma de las islas Baleares para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/1993/12/20/13#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil