Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Procedimiento de tramitación
Art. 66
DerogadoEn vigor desde 11 ene 1990
Los requisitos establecidos en esta Sección para la elaboración de disposiciones generales se aplicarán a los proyectos de ley elaborados por la Admistración de la Generalidad.
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Proeli/es-ct/l/1989/12/14/13#art-66