Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Procedimiento de tramitación
Art. 66
Derogado69 / 98En vigor desde 11 ene 1990
Los requisitos establecidos en esta Sección para la elaboración de disposiciones generales se aplicarán a los proyectos de ley elaborados por la Admistración de la Generalidad.
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Proeli/es-ct/l/1989/12/14/13#art-66