Título TÍTULO III
Art. Disposición transitoria
En vigor desde 13 dic 1988
Una vez expirado el plazo que establezca mediante Ley el Parlamento Vasco para la transformación de las Ikastolas en centros públicos, la representación específica de sus titulares prevista en la presente Ley desaparecerá a todos los efectos.
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Proeli/es-pv/l/1988/10/28/13#disposicion-transitoria