Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección segunda. Especificidades de las modalidades de contratación

Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 1 may 2020
1. Las especificidades en materia de contratación que establece la presente ley no son de aplicación a los expedientes de contratación iniciados antes de su entrada en vigor. 2. La contratación de los servicios del proceso arquitectónico relativos a la construcción de equipamientos comunitarios de alojamiento dotacional de titularidad pública queda exenta, hasta el 31 de diciembre de 2024, de las especificidades de las modalidades de contratación establecidas por el artículo 18. Se añade el apartado 2 y se numera el anterior como 1 por el art. 139.7 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569

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eli/es-ct/l/2017/07/06/12#disposicion-transitoria-unica

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