Título TÍTULO VI
Art. Disposición final cuarta
DerogadoEn vigor desde 19 dic 2014
1. Los títulos I, III y IV entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
2. Los títulos II y V entrarán en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
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Proeli/es-mc/l/2014/12/16/12#disposicion-final-cuarta-1