Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Igualdad y conciliación en el empleo público
Art. 41
En vigor desde 26 nov 2010
La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha elaborará, para su personal, un Plan de Igualdad de Oportunidades en la Función Pública. Este plan deberá contemplar el acceso al empleo, la promoción, la formación, la igualdad retributiva, la conciliación de las responsabilidades profesionales y familiares, la formación específica en materia de igualdad entre mujeres y hombres, la prevención del acoso sexual y del acoso relacionado con el sexo, así como criterios y mecanismos de seguimiento y evaluación del impacto de género que tengan las actuaciones desarrolladas.
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Proeli/es-cm/l/2010/11/18/12#art-41