Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición derogatoria
En vigor desde 1 may 2020
1. Se derogan:
a) La Ley 8/1983, de 18 de abril, de centros docentes experimentales.
b) La Ley 25/1985, de 10 de diciembre, de los consejos escolares.
c) La Ley 4/1988, de 28 de marzo, reguladora de la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Generalidad de Cataluña.
d) El artículo 40 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas.
e) La disposición adicional quinta, «Plan piloto de selección de sustitutos», de la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
2. Quedan derogadas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo establecido en la presente ley.
Se añade la letra e) al apartado 1 por el .6 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2009/07/10/12#disposicion-derogatoria