Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 20

Derogado
En vigor desde 9 ago 2008
El presupuesto de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial se rige por lo que establecen el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; el texto refundido del Estatuto de la empresa pública catalana, aprobado por el Decreto legislativo 2/2002, y las sucesivas leyes de presupuestos de la Generalidad.
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eli/es-ct/l/2008/07/31/12#art-20

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