Capítulo CAPÍTULO IX
Art. 56
En vigor desde 19 ene 2007
1. Se crea el Consejo Superior de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, adscrito a la consejería competente en materia de fundaciones, como órgano consultivo.
2. Reglamentariamente se establecerá la estructura y composición del Consejo Superior de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el que estarán representadas la Administración de la Xunta de Galicia y las fundaciones objeto de la presente ley, atendiendo a la existencia de asociaciones de fundaciones con implantación en Galicia.
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Proeli/es-ga/l/2006/12/01/12#art-56