Capítulo Capítulo IV

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 1 ene 2003
En tanto se realizan las necesarias adaptaciones presupuestarias y se aprueba la relación inicial de puestos de trabajo y el Decreto de estructura orgánica del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, las funciones que al mismo le corresponden seguirán desarrollándose por los órganos y unidades administrativas de la Secretaría Sectorial de la Mujer y de la Juventud, de la Consejería de Presidencia, que las tenga encomendadas.

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BORM-s-2002-90017#disposicion-transitoria-primera

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