Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 2
En vigor desde 9 jul 2002
1. El abastecimiento de agua, comprende en su fase primaria o «en alta» las actuaciones en materia de regulación, captación, conducción, potabilización y depósito de almacenamiento. En su fase secundaria o «en baja», comprende la distribución mediante redes municipales hasta las acometidas de los consumidores con la dotación y calidad previstas en esta disposición.
2. El saneamiento, comprende las actuaciones de conducción de las aguas residuales a través de las redes de alcantarillado municipales hasta el punto de conexión con las instalaciones de depuración.
3. La actividad de depuración comprende el tratamiento del agua residual urbana y, en su caso, la conducción mediante colectores generales que sean necesarios para incorporar el influente a la estación de tratamiento, así como la evacuación del efluente depurado hasta el punto de vertido o almacenamiento para su reutilización.
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Proeli/es-cm/l/2002/06/27/12#art-2