Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 13 feb 2010
La presente Ley no será de aplicación al coto regional de caza n.º 084 ''Cangas del Narcea'', ni a los que, en su caso, le sucedan.
Se añade por el art. único de la Ley autonómica 1/2010, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2010-5402 .
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2002/12/13/12#disposicion-adicional-cuarta