Título TÍTULO XIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria undécima

En vigor desde 26 dic 2001
Hasta tanto queden constituidos los Órganos de Gobierno y Dirección de la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid, las competencias de la misma serán ejercidas por la Viceconsejería de Sanidad, a través de las Unidades Administrativas de ella dependientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2001/12/21/12#disposicion-transitoria-undecima

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil