Título TÍTULO XIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria undécima
En vigor desde 26 dic 2001
Hasta tanto queden constituidos los Órganos de Gobierno y Dirección de la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid, las competencias de la misma serán ejercidas por la Viceconsejería de Sanidad, a través de las Unidades Administrativas de ella dependientes.
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Proeli/es-md/l/2001/12/21/12#disposicion-transitoria-undecima