Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 84

En vigor desde 26 dic 2001
El Instituto Madrileño de la Salud se financiará mediante: a) Las aportaciones que realice el Servicio Madrileño de Salud derivadas del Programa de Asignación por Objetivos Sanitarios a través de los correspondientes Contratos Sanitarios. b) Los rendimientos procedentes de los bienes y derechos propios o que tenga adscritos. c) Los ingresos que esté autorizado a percibir, de acuerdo con la normativa vigente. d) Las subvenciones, donaciones y cualquier otra aportación voluntaria de entidades y particulares.
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eli/es-md/l/2001/12/21/12#art-84

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