Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 3.ª Del Director General
Art. 76
En vigor desde 26 dic 2001
1. El Director General asumirá la dirección y gestión del Servicio Madrileño de Salud, así como la responsabilidad plena, en relación con la ejecución de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración.
2. Su nombramiento y cese deberán acordarse por el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Sanidad, oído el Consejo de Administración.
3. El cargo de Director General se desarrollará en régimen de dedicación exclusiva y a su titular le será aplicable la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad Madrid.
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Proeli/es-md/l/2001/12/21/12#art-76