Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Actividad asistencial

Art. 70

En vigor desde 26 dic 2001
La actividad de provisión de servicios asistenciales del Servicio Madrileño de Salud comprende, la función asistencial directa de sus centros sanitarios y la función de coordinación asistencial.
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eli/es-md/l/2001/12/21/12#art-70

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