Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XLVII

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 1 ene 2002
La presente Ley no será de aplicación a las concesiones administrativas de utilización del dominio público anteriores a su vigencia.
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eli/es-cl/l/2001/12/20/12#disposicion-transitoria-cuarta

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